lunes, 19 de mayo de 2008

Primer Claustro Universidad La República.

Con el fin de propiciar un espacio de encuentro y mejorar la conformación del cuerpo y unidad entre sus miembros, la Universidad La República realiza un Claustro, en donde se entregaran los lineamientos y planes operativos generales para aunar criterios y buscar consensos entre los integrantes que propicie la continuidad de nuestra casa de estudios. Dicha instancia académica la integrarán los 4 estamentos de esta Casa de estudios: Autoridades, Profesores, Funcionarios y Alumnos.

En esta oportunidad se quiere establecer, mediante la elaboración de un documento notarial los criterios y principios que determinarán y regirán las actividades de nuestra Universidad.

I.- Normas Generales:

1.- Al Claustro podrá asistir toda la Comunidad Universitaria a través de 2 representantes, es decir, los representantes de los Sindicatos tanto de Profesores como de Trabajadores, los representantes de dichos cuerpos no sindicalizados y los representantes por carrera en el caso de los alumnos con su respectivo Director de Escuela, quien no tiene derecho a voto.

2.- La nómina oficial de los claustrales deberá ser confeccionada y entregada en el momento y la responsabilidad recaerá en el Presidente de la H. Junta Directiva.

3.- La inasistencia se entiende como la aprobación de las decisiones adoptadas dentro de este, la impuntualidad será sancionada con la no participación durante todo el proceso de dicha actividad.

4.- El encuentro será encabezado por la H. Junta Directiva.

5.- Se dará por finalizado el claustro cuando los participantes lleguen a consenso.

6.- Para todos los efectos se entenderá como fecha de la convocatoria del Claustro el día en que se estableció el compromiso.

7.- Podrán ser invitadas a participar en el Claustro sin tener derecho a voto, las personas que la Junta Directiva estime conveniente para la exposición de la realidad de la Institución.

8.- Dicho claustro consta de tiempos determinados para que cada representante se reúna con sus representados. (Revisar cronograma)

9.- Las resoluciones acordadas en el Claustro serán comunicadas a la Asamblea General de socios de la Corporación. El acta de la sesión junto a toda la documentación legal del Claustro será responsabilidad de la Secretaría General.



II.- De la Modalidad y Realización:

1.- El claustro se realizará en la Casa Central de la Universidad, el centro de desarrollo de dicha actividad será la sala Teodoro V. en la cual se habilitará la amplificación para la transparencia y difusión de la información.
Se determinará el lugar específico donde se reunirán cada uno de los estamentos participantes después de la exposición de las autoridades para deliberar acerca de esta, proponiendo las medidas necesarias para la consecución de los fines perseguidos.
Posterior a esto los representantes elegidos conformarán el Petitorio General en base a los petitorios específicos.

2.- Las materias sobre las cuales se pronunciará el Claustro son de índole administrativa, financiera y académica.

3.- Una vez adoptados los acuerdos en forma legal y firmada ante notario estos se publicaran e informaran oportunamente a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad Universitaria.

4.- Todas las resoluciones adoptadas serán vinculantes y obligatorias debiendo adoptarse en forma íntegra.



No hay comentarios.: